LA
EXTORSION.
La extorsión es un delito consistente en obligar a una persona, a través de
la utilización de violencia o intimidación, a realizar u omitir un acto
jurídico o negocio jurídico con ánimo de lucro y con la intención de producir
un perjuicio de carácter patrimonial o bien del sujeto pasivo.
Los diferentes tipos de extorsión
más conocidos son los siguientes:
1.- Te llaman agresivamente
diciéndote que te tienen vigilado a ti y a tu familia, que tu casa está en
constante vigilancia, y que si no depositas cierta cantidad de dinero en una
cuenta bancaria que ellos de dan, estas en grave peligro. Si te dicen tu nombre
completo y dirección, ¡reacciona!, muchos de estos datos los han obtenido del
directorio telefónico, de algún blog o de alguna página donde hayas metido esos
datos, pero ten por seguro que ni siquiera saben quién eres.
2.- Alguien dice ser tu pariente, uno que hace mucho no ves, OJO nunca des
nombres, “¿eres tu pepe?” se lo darás en charola de plata pues dirá “si soy
pepe”, por eso si ese familiar te dice que debes enviarle dinero porque está
detenido, trae regalos para ti, trae mucho dinero, y fue detenido, deja que
hable, no podrá sostener por mucho la mentira. Este caso es que la persona bien
intencionada le dé más datos con la plática y esos mismos datos los usan para
extorsionarte.
Por último nunca permita que personas ajenas entren a su casa, sea muy
precavido con los repartidores de agua, gas, trabajadores eventuales y
aboneros. No se trata de menospreciar a la gente, pero sí de tomar las reservas
necesarias con la información personal y de domicilio. Muchas bandas delictivas
operan bajo disfraces insospechados para atracar a los desprevenidos.
Características de los delitos
informáticos
·
Son
conductas criminógenas de cuello
blanco (white collar crimes), en tanto que sólo determinado número de personas
con ciertos conocimientos (en este caso técnicos) pueden llegar a cometerlas.
·
Son acciones ocupacionales, en cuanto que muchas
veces se realizan cuando el sujeto se halla trabajando.
·
Son acciones de oportunidad, en cuanto que se
aprovecha una ocasión creada o altamente intensificada en el mundo de funciones
y organizaciones del sistema tecnológico y económico.
·
Provocan serias pérdidas económicas, ya que casi
siempre producen "beneficios de más de cinco cifras a aquellos que
los realizan.
·
Ofrecen facilidades de tiempo y espacio, ya que en
milésimas de segundo y sin una necesaria presencia física pueden llegar a
consumarse.
·
Son muchos los casos y pocas las denuncias, y todo
ello debido a la misma falta de regulación por parte del Derecho.
·
Son muy sofisticados y relativamente frecuentes en
el ámbito militar.
·
Presentan grandes dificultades para su comprobación,
esto por su mismo carácter técnico.
·
En su mayoría son imprudenciales y no necesariamente
se cometen con intención.
·
Ofrecen facilidades para su comisión a los mentores
de edad.
·
Tienden a proliferar cada vez más, por lo que
requieren una urgente regulación.
·
Por el momento siguen siendo ilícitos impunes de
manera manifiesta ante la ley.
Haciendo un análisis concreto de las características que acabo de enunciar, es importante señalar que se debe de actuar de la manera más eficaz para evitar este tipo de delitos y que no se sigan cometiendo con tanta impunidad, se debe de legislar de una manera seria y honesta, recurriendo a las diferentes personalidades que tiene el conocimiento, tanto técnico en materia de computación, como en lo legal (el Derecho), ya que si no se conoce de la materia, difícilmente se podrán aplicar sanciones justas a las personas que realizan este tipo de actividades de manera regular.
Institución
encargada de los delitos informáticos en Paraguay.
Ante los avances de la tecnología y su utilización
maliciosa por parte de personas que ponen en peligro los diversos bienes
jurídicos protegidos por el Estado, que imponen respuestas efectivas de las
instituciones encargadas de su protección, el Ministerio Público creó la Unidad
Especializada de Delitos Informáticos, cuya función abarcará todo territorio
nacional, específicamente con competencia en los siguientes tipos penales:
articulo 174 del Código Penal (alteración de datos en computadora), articulo 175
del C.P (sabotaje de computadoras), articulo 188 del C.P (operaciones
fraudulentas por computadoras) y articulo 248 del C.P (alteración de datos
relevantes para la prueba).
En el marco se crea la Unidad Especializada de
Delitos Informáticos, en cumplimiento al diseño estratégico articulado por el
Ministerio Público y en concordancia con los compromisos internacionales gestados
a través de la OEA. En la Resolución en la que se crea la Unidad se asigna,
además, a la agente fiscal, Abg. María Teresa Aguirre, como titular de la
Unidad, con sede en Asunción y sin perjuicio de sus actuales funciones ante la
Unidad Ordinaria nº 3 de la sede nº 1 de Asunción, que funciona en la sede
ubicada en Nuestra Señora de la Asunción casi Herrera.
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