lunes, 15 de junio de 2015

La Extorsion



LA EXTORSION.
La extorsión es un delito consistente en obligar a una persona, a través de la utilización de violencia o intimidación, a realizar u omitir un acto jurídico o negocio jurídico con ánimo de lucro y con la intención de producir un perjuicio de carácter patrimonial o bien del sujeto pasivo.
Los diferentes tipos de extorsión más conocidos son los siguientes:

1.- Te llaman agresivamente diciéndote que te tienen vigilado a ti y a tu familia, que tu casa está en constante vigilancia, y que si no depositas cierta cantidad de dinero en una cuenta bancaria que ellos de dan, estas en grave peligro. Si te dicen tu nombre completo y dirección, ¡reacciona!, muchos de estos datos los han obtenido del directorio telefónico, de algún blog o de alguna página donde hayas metido esos datos, pero ten por seguro que ni siquiera saben quién eres.

2.- Alguien dice ser tu pariente, uno que hace mucho no ves, OJO nunca des nombres, “¿eres tu pepe?” se lo darás en charola de plata pues dirá “si soy pepe”, por eso si ese familiar te dice que debes enviarle dinero porque está detenido, trae regalos para ti, trae mucho dinero, y fue detenido, deja que hable, no podrá sostener por mucho la mentira. Este caso es que la persona bien intencionada le dé más datos con la plática y esos mismos datos los usan para extorsionarte.
Por último nunca permita que personas ajenas entren a su casa, sea muy precavido con los repartidores de agua, gas, trabajadores eventuales y aboneros. No se trata de menospreciar a la gente, pero sí de tomar las reservas necesarias con la información personal y de domicilio. Muchas bandas delictivas operan bajo disfraces insospechados para atracar a los desprevenidos.





Características de los delitos informáticos

·         Son  conductas  criminógenas de cuello blanco (white collar crimes), en tanto que sólo determinado número de personas con ciertos conocimientos (en este caso técnicos) pueden llegar a cometerlas.

·         Son acciones ocupacionales, en cuanto que muchas veces se realizan cuando el sujeto se halla trabajando.

·         Son acciones de oportunidad, en cuanto que se aprovecha una ocasión creada o altamente intensificada en el mundo de funciones y organizaciones del sistema tecnológico y económico.

·         Provocan serias pérdidas económicas, ya que casi siempre producen "beneficios de más de cinco cifras  a aquellos que los realizan.

·         Ofrecen facilidades de tiempo y espacio, ya que en milésimas de segundo y sin una necesaria presencia física pueden llegar a consumarse.

·         Son muchos los casos y pocas las denuncias, y todo ello debido a la misma falta de regulación por parte del Derecho.

·         Son muy sofisticados y relativamente frecuentes en el ámbito militar.
·         Presentan grandes dificultades para su comprobación, esto por su mismo carácter técnico.

·         En su mayoría son imprudenciales y no necesariamente se cometen con intención.

·         Ofrecen facilidades para su comisión a los mentores de edad.


·         Tienden a proliferar cada vez más, por lo que requieren una urgente regulación.

·         Por el momento siguen siendo ilícitos impunes de manera manifiesta ante la ley.

Haciendo un análisis concreto de las características que acabo de enunciar, es importante señalar que se debe de actuar de la manera más eficaz para evitar este tipo de delitos y que no se sigan cometiendo con tanta impunidad, se debe de legislar de una manera seria y honesta, recurriendo a las diferentes personalidades que tiene el conocimiento, tanto técnico en materia de computación, como en lo legal (el Derecho), ya que si no se conoce de la materia, difícilmente se podrán aplicar sanciones justas a las personas que realizan este tipo de actividades de manera regular.

Institución encargada de los delitos informáticos en Paraguay.
  Ante los avances de la tecnología y su utilización maliciosa por parte de personas que ponen en peligro los diversos bienes jurídicos protegidos por el Estado, que imponen respuestas efectivas de las instituciones encargadas de su protección, el Ministerio Público creó la Unidad Especializada de Delitos Informáticos, cuya función abarcará todo territorio nacional, específicamente con competencia en los siguientes tipos penales: articulo 174 del Código Penal (alteración de datos en computadora), articulo 175 del C.P (sabotaje de computadoras), articulo 188 del C.P (operaciones fraudulentas por computadoras) y articulo 248 del C.P (alteración de datos relevantes para la prueba).  

En el marco se crea la Unidad Especializada de Delitos Informáticos, en cumplimiento al diseño estratégico articulado por el Ministerio Público y en concordancia con los compromisos internacionales gestados a través de la OEA. En la Resolución en la que se crea la Unidad se asigna, además, a la agente fiscal, Abg. María Teresa Aguirre, como titular de la Unidad, con sede en Asunción y sin perjuicio de sus actuales funciones ante la Unidad Ordinaria nº 3 de la sede nº 1 de Asunción, que funciona en la sede ubicada en Nuestra Señora de la Asunción casi Herrera.











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